Las presentes condiciones serán de aplicación para los envíos contratados en defecto de pactos o condiciones específicas derivadas de la singularidad de cada producto o servicio. Consultar página de tarifas vigentes relativas a cada servicio o producto.
Los datos contractuales sobre designación de mercancía, denominación, domicilio y población del destinatario y remitente, son facilitados por éste y bajo su responsabilidad, no siendo comprobados por la Agencia, salvo grave riesgo inminente u orden de la autoridad.
La prestación de los servicios se efectuará de lunes a viernes, salvo sábados mañana para aquellos envíos en los que se contraten los servicios complementarios Entrega en Sábado y/o Recogida en Sábado. En el cómputo temporal se excluyen los días festivos en la localidad de destino, y el sábado correspondiente a Semana Santa.
GARANTÍA DE ENTREGA: En caso de incumplimiento del plazo de entrega contractualmente pactado según el servicio contratado, la indemnización a abonar consistirá en la devolución de los portes satisfechos por el cliente. No se considerará incumplimiento de plazo de entrega el causado por ausencia del destinatario, cambio del domicilio, consignatario o dirección desconocidos, impago de portes, suplidos o reembolsos, cierre por vacaciones, entregas fuera de plazo en segundo intento de entrega, causas de fuerza mayor o caso fortuito u otras no imputables a la Agencia. Quedan excluidas de esta garantía las mercancías enviadas "a recogerán" en el domicilio o almacenes de la Agencia SEUR de destino.Asimismo, se exime de responsabilidad en los casos de incumplimiento de plazo de entrega en envíos a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla por causas ajenas a la Agencia SEUR (retrasos de compañías aéreas, marítimas, transportistas, carga y/o descarga, etc.).
MEJORA DE COBERTURA DE RESPONSABILIDAD. En defecto de consignación expresa del valor de la mercancía transportada, la responsabilidad máxima de la Agencia de Transportes, por los daños, pérdidas o averías que sufran aquéllas, excepto por retrasos en la entrega en que se aplicará la condición cuarta anterior está limitada como máximo a la cantidad de 33,00 € por kilo de peso consignado con un límite máximo indemnizatorio de 1.800 € por expedición, a cargo exclusivo de la Agencia contratante. Lo anterior excepto en los productos MultiBox y MultiDoc en el que la indemnización será de 33,00 € por sobre. A los referidos efectos de cobertura de la indemnización anterior, sobre el precio del porte se cargará un 8% en concepto de la citada mejora de cobertura. (Mínimo 1,52 € por expedición) excepto para los productos Multibox, Multidoc y Multipack que lo llevan incluido en el precio. No se indemnizarán daños en animales vivos o mercancías perecederas como consecuencia de la acción temporal si se entregó la mercancía dentro del plazo pactado.
SEGURO VALOR DECLARADO: Se hace constar la posibilidad de suscribir en el presente seguro suplementario que cubra, con declaración de valor real, los daños que las mercancías puedan sufrir hasta el valor declarado de las mismas. El coste de este seguro a repercutir en factura será del 1,25% del valor declarado (mínimo 2,71€). En este caso no se aplicará el recargo dispuesto en el apartado anterior. De no contratarse este seguro, serán de aplicación EN TODO CASO, los límites de responsabilidad contractual antes reseñados. Lo anterior no se verá alterado por la necesaria presentación de documentos en que, para realizar el tránsito de la mercancía, venga referido su valor o contenido, el cual será considerado como declaración extracontractual y a los solos efectos de gestión ante terceros.
El remitente declara conocer y aceptar las condiciones y plazos de entrega del servicio contratado, fijación, repercusión, y cuantía del precio del transporte contratado, y demás gastos, según ejemplar de tarifas vigentes de la compañía, conocidas, facilitadas y a disposición del mismo. Para las recogidas y entregas fuera de la capital de provincia se cobrarán las cantidades que según cada servicio, se indican en el libro de tarifas.
La Agencia de Transporte se reserva en todo momento la facultad de aceptar un paquete y consecuentemente prestar un servicio por insuficiencia de embalaje para el transporte, parecerle anómalo, o por otras causas extrañas del encargo. En caso de rechazo por insuficiencia de embalaje e insistencia por parte del remitente en el envío, la Agencia de Transportes no responderá de daños o averías que pudiesen producirse en las mercancías, bastando a tal efecto la firma del cliente en el espacio correspondiente del albarán. Queda excluido el transporte de paquetes y objetos cuyo contenido sea contrario a la Ley o cuyo transporte esté sometido a requisitos o disposiciones especiales (armas, fondos o efectos, materiales tóxicos, inflamables o peligrosos, explosivos, etc.), siendo de responsabilidad única y exclusiva del remitente, el cual exonera expresamente a la Agencia de cualquier responsabilidad al respecto. Asimismo, queda excluido el transporte de mercancías cuya longitud supere la medida de tres metros.
La entrega de la mercancía se realizará en el domicilio designado por el remitente, salvo por reiterada ausencia del destinatario o que por su peso, volumen o características funcionales del inmueble no permitan a una persona normal la citada realización, en cuyo caso, previo aviso se efectuará a puerta de calle o en la central SEUR de destino. En caso de ausencia del destinatario se dejará aviso del intento de entrega, así como de la forma de acordar la misma. (Se cobrará el importe del Servicio Complementario Gestión por aquellos servicios que excedan de la mera recogida y entrega de la mercancía o que conlleven un trámite inusual).La no entrega de la mercancía transportada por ausencia o rehúse del destinatario, deficiencia de sus datos o impago de las cantidades derivadas del porte realizado, será responsabilidad de remitente, quien vendrá obligado a soportar, a su cargo, todos los gastos de dicha incidencia, incluidos, en su caso, los gastos de depósito, el precio, la prima de reembolso y demás gastos del porte de la mercancía producidos en su retorno a origen o posteriores entregas, y la repercusión del seguro correspondiente.
Será requisito necesario para proceder a la entrega de la mercancía la firma del albarán de entrega por el destinatario. En caso de negativa del destinatario a firmar el albarán la Agencia quedará eximida de toda responsabilidad.
Los PLAZOS para efectuar la RECLAMACIÓN POR DAÑOS en la mercancía serán de VEINTICUATRO HORAS desde la entrega si los daños no son apreciables exteriormente, o EN EL MISMO ACTO DE LA ENTREGA, y precisamente en el documento contractual, si se pueden apreciar exteriormente. Lo anterior, salvo envíos con origen o destino en Portugal, en que el plazo será de ocho días desde la entrega. LAS ACCIONES derivadas del contrato de transporte PRESCRIBEN AL AÑO.
Los servicios S-10 podrán ser entregados antes de las 11:00h en poblaciones a una distancia superior a 50 km desde la franquicia de destino correspondiente.
Seur se reserva el derecho a revisar las tarifas del presente documento, en base a las variaciones en el precio de los proveedores de transporte (compañías aéreas, marítimas, transportistas, etc.).Además, se repercutirá mensualmente un cargo por combustible en base a los precios medios mensuales (impuestos incluidos) del combustible diesel para los envíos marítimos o terrestres con origen o destino España y Portugal, y en base a los precios medios mensuales del barril de petróleo Brent, para los envíos aéreos con origen y destino Canarias, Baleares y Melilla. Se podrán consultar las posibles variaciones mensuales de los cargos por combustible enwww.seur.com
El remitente designa al transportista como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para designar a un Agente de Aduanas para tal fin. El remitente esta obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, paraduaneras y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. El transportista no esta obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. El remitente se compromete a indemnizar al transportista por cualquier sanción, gasto o coste en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero por cualquier causa imputable a aquél.
SEUR, S.A. Todos los derechos reservados. NIF A-28985992. Inscrito en Registro Mercantil de Madrid, Tomo 2626, Folio 149, Hoja M-45637
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